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Jueza de Concurso Mercantil abre canal de comunicación directa; oficializa propuesta de venta de AHMSA y MINOSA

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Criselda Farías/El Tiempo de Monclova
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Juzgado da a conocer aspectos centrales del proceso concursal de AHMSA y MINOSA.

La jueza Ruth Huerta García, del Segundo Distrito en Concursos Mercantiles, en el juicio de AHMSA, determinó establecer un canal de comunicación directo y simple para las partes interesadas, así que ella estará emitiendo resúmenes de los acuerdos que se tengan y se darán a conocer por todos los medios posibles y redes sociales.

La jueza informó en este comunicado sobre el acuerdo del 11 de septiembre en el cual recibió la propuesta de venta de los activos de AHMSA y de MiNOSA por el Síndico Víctor Manuel Aguilera, en la cual establece un monto base del 85% del valor de los bienes.

Para AHMSA es 1, 200, 966, 000 dólares y por MINOSA 125, 361, 130 dólares.

Y la mayor expectativa es obtener  la cantidad de  1, 326, 327, 130 dólares.

Enseguida se comparte el comunicado íntegro de la jueza, distribuido por Altos Hornos de México.

En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, se presenta a continuación la versión íntegra simplificada del acuerdo judicial del 11 de septiembre de 2025 relativo al proceso concursal de Altos Hornos de México S.A.B. (AHMSA) y Minera del Norte, S.A. de C.V. (MINOSA) con el propósito de informar de manera clara y comprensible a trabajadores, acreedores y demás interesados:VERSIÓN SIMPLIFICADA DEL ACUERDO de FECHA ONCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO DICTADO POR LA LICENCIADA RUTH HAGGI HUERTA GARCÍA, JUEZA SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE CONCURSOS MERCANTILES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA MEXICANA.A las y los interesados en los concursos mercantiles de Altos Hornos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, y Minera del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable -expedientes 19/2023 y 77/2022- se hace de su conocimiento:Este Juzgado determinó elaborar una versión en lenguaje sencillo de los acuerdos que se relacionen con aspectos generales del proceso de venta de activos como unidad productiva, con la intención de que las personas interesadas conozcan los puntos más importantes.          

Se ordenó que su difusión se realice a través de redes sociales como “X” [antes twitter], Instagram y Facebook pertenecientes a las propias comerciantes, el síndico, y de otros sujetos interesados como diversos acreedores y los sindicatos o grupos de trabajadores apersonados, siempre que no les genere afectación económica.    

Esta versión simplificada no sustituye el acuerdo oficial ni las notificaciones legales previstas en la Ley de Concursos Mercantiles.      

Su difusión no es una imposición u obligación legal, sino una forma de entablar comunicación eficaz ante las múltiples inquietudes de la base trabajadora, quienes tienen derecho a conocer de manera directa los avances del proceso de venta que, de realizarse, permitirá que reciban pago ordenado.                             

Conforme a lo previsto en el artículo 123, Apartado A, fracción XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones, tienen preferencia sobre cualquiera otros en los casos de concurso o de quiebra.                                    

 Propuesta de venta:  En esta fecha -once de septiembre de dos mil veinticinco- se pone a la vista por diez días hábiles la propuesta de venta de activos esenciales como unidad productiva, con la finalidad de que las personas legitimadas manifiesten lo que a su derecho corresponda.

Dicha propuesta se sustenta en el avalúo exhibido por el síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez, quien plantea que el proceso inicie con monto equivalente al 85% [ochenta y cinco por ciento] del valor de los bienes descritos en el propio documento.

Tales valores son:Por los bienes descritos de Altos Hornos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, la cantidad de USD 1,200,966,000 [un mil doscientos millones novecientos sesenta y seis mil dólares estadounidenses].   

Por los bienes descritos de Minera del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable, la cantidad de USD 125,361,130 [ciento veinticinco millones, trescientos sesenta y un mil ciento treinta dólares estadounidenses].

Como se plantea vender como unidad productiva, la mayor expectativa es obtener la cantidad total de USD 1,326,327,130 [un mil trescientos veintiséis millones trescientos veintisiete mil ciento treinta dólares estadounidenses].

Una vez transcurridos los diez días indicados, se analizará si es factible aprobar la propuesta de venta.

Se solicitó colaboración a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para que informe si conforme a sus facultades está en posibilidad de revisar los listados exhibidos por el síndico y el IMSS, para que este

Juzgado tenga un mayor parámetro para tomar la decisión jurídica del pago ordenado, considerando la multiplicidad de acreedores:9,855 trabajadores de AHMSA.4,138 trabajadores de MINOSA.

Se solicitó colaboración a la Comisión Especial del Senado de la República, para la difusión de esta versión simplificada.

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